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AP Baleares, Sec. 3.ª, 490/2018, de 11 de diciembre. Recurso 500/2018

Ponente: MARIA ENCARNACION GONZALEZ LOPEZ
SP/SENT/987859
 No impugnándose el acuerdo tomado en ruegos y preguntas del cambio de solado de la zona común de uso privativo por parte del comunero que tiene atribuido el uso y no acreditándose perjuicio ni modificación estética, se desestima la demanda
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la Ilma. Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº2 de Ciutadella de Menorca, se dictó Sentencia en fecha de 13 de abril de 2018, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que debo DESESTIMAR Y DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda de juicio ordinario, en ejercicio de acción en materia de propiedad horizontal, presentada por la Procuradora de los tribunales Iluminada Lorente Pons, en nombre y representación de la parte actora, DIRECCION000, contra Romeo y Fermina, y, en consecuencia, se declara la legalidad de las obres efectuades por los mismos en el inmueble de su propiedad perteneciente a la comunidad de vecinos demandante consistente en solado en la parte posterios de su apartamente, con acabado de pavimento cerámico, considerándose el mismo ajustado a derecho, y, absolviendo, en efecto, a los codemandados de la totalidad de los pedimentos de la parte actora.
Se condena a cada parte al abono de sus propias costas procesales ya las comunes por mitad"
SEGUNDO.- Contra la expresa sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación que fue admitido y, dado traslado a la parte contraria, se opuso al recurso al tiempo que formulaba recurso de apelación, señalándose fecha para votación y fallo, quedando seguidamente los autos conclusos para dictar sentencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los de la resolución dictada en el anterior grado jurisdiccional en lo que no se opongan a los que siguen.
PRIMERO.- La Sentencia de instancia desestima la pretensión de la Comunidad de Propietarios actora de que se declare que el solado construido por los demandados en la parte posterior de su apartamento supone modificación de los elementos comunes no consentida por la Junta de Propietarios, con la obligación de retirar la obra devolviendo a su primitivo estado la zona ajardinada adyacente a la vivienda.
La resolución de instancia declara la legalidad de las obras ejecutadas por los demandados considerándolas ajustadas a derecho, absolviendo a éstos de los pedimentos deducidos en su contra.
La resolución se impugna por la parte actora en fundamento a:
-excepción de cosa juzgada.
-Infracción de normas del ordenamiento jurídico que, a su vez, desglosa en:
.alteración estética del exterior del complejo a través de las obras realizadas.
.Inexistencia de autorización de la Junta de propietarios.
.Nulidad de acuerdos adoptados en el apartado de "ruegos y preguntas".
.Interpretación restrictiva de acuerdos contrarios a los Estatutos.
.Inexistencia de consentimiento tácito de la Comunidad