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TS, Sala Primera, de lo Civil, 400/2020, de 6 de julio. Recurso 4808/2017

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/1059752
 Los actores, a efectos de tener derecho a la devolución de los gastos necesarios, actuaron de mala fe, pero no poseyeron la finca de forma clandestina, pues inscribieron su título en el Registro e intervinieron en la Junta de Compensación
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 Las derramas de la junta de compensación a las que hicieron frente los demandantes deben ser considerados como gastos necesarios que deben ser reembolsados por los verdaderos propietarios de las fincas que pasaron de rústicas a urbanas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- Dña. Emilia, Dña. Estela, Dña. Eva, D. Gonzalo y Dña. Gema, representados por la procuradora Dña. Cristina Navas Ávila y asistidos del Letrado D. Cecilio García Guerra, interpusieron demanda de juicio ordinario contra Dña. Virginia (Sor Verónica), Dña. Blanca, D. Augusto, D. Carlos Francisco, Dña. Agustina, D. Benjamín, D. Braulio, Dña. Petra, D. Ernesto, Dña. Araceli, D. Cipriano, D. Cornelio, D. David, Dña. Celia, Dña. Constanza, Dña. Tarsila, Dña. Rosaura en su calidad de heredera de D. Eusebio y Dña. Sacramento en su calidad de heredera de D. Eusebio y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideraron de aplicación, terminaron suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"Y, en su virtud, declare la obligación de los demandados de pagar a mis representados, la cantidad de 677.400,82 euros, por los gastos pagados a la Junta de Compensación Ensanche de Barajas de Madrid, en la proporción siguiente:
"1. A doña Emilia la cantidad de 83.905,80 euros.
"2. A doña Estela la cantidad de 93.069,74 euros.
"3. A doña Eva la cantidad de 92.868,82 euros.
"4. A doña Gema la cantidad de 316.688,09 euros.
"5. Y a don Gonzalo la cantidad de 90.868,37 euros.
"La cantidad anterior lo es en concepto de principal, más los intereses y costas del juicio, corre