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SP/DOCT/75676

Artículo Monográfico. Enero 2019

Jura de cuentas: Requisitos de la solicitud inicial y de la documentación aportada

M.ª José Achón Bruñén. Doctora en Derecho procesal
No existe óbice alguno para que el profesional (abogado o procurador) interponga un procedimiento de los arts. 35 y 34 LEC, respectivamente, y simultáneamente inste la tasación de costas presentando las partidas que le son debidas frente al condenado (parte contraria) ex art. 242.3 LEC, porque el acreedor de las costas es la parte beneficiada por dicho pronunciamiento, no los profesionales -->