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AP Barcelona, Sec. 1.ª, 675/2018, de 4 de diciembre. Recurso 724/2017

Ponente: MARIA TERESA MARTIN DE LA SIERRA GARCIA-FOGEDA
SP/SENT/982940
 Se han tenido por renunciados al abogado y procurador en la defensa y representación del demandado, cuando no tenía que ser así, dejando a éste en una situación de indefensión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su fallo lo siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª Laura Arbonés Ojeda, en nombre y representación de Dª Yolanda contra D. Luis Antonio, condeno al demandado a pagar a la demandante la cantidad de 7.764,19 €; (SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS Y DIECINUEVE CÉNTIMOS) y a los intereses que correspondan desde la interposición de la demanda hasta la notificación de la sentencia, y en caso de impago, el demandado deberá pagar un interés equivalente al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, de conformidad con lo dispuestos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo ello con expresa condena en costas."
SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Doña Maria Teresa Martin de la Sierra Garcia-Fogeda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Planteamiento del litigio en primera instancia. Resolución apelada. Recurso de apelación.
Formuló la parte actora, Doña Yolanda, contra el demandado, Don Luis Antonio, demanda de juicio ordinario en la que solicitaba la condena a dicho demandado al pago a la actora de la suma de 7.764,29 €; más intereses legales desde la interposición de la demanda de juicio monitorio y las costas del procedimiento.
Alegó la parte demandante como fundamento de su derecho que por los encargos profesionales realizados por el demandado a la actora (relaciona hasta siete actuaciones), reclama a través de la demanda, en concepto de honorarios por reclamación de indemnizaciones derivadas del convenio colectivo de aplicación en la empresa del demandado, la suma de 7.764,19 €; (IVA incluido), habiendo pactado entre las partes que, salvo en el proceso de invalidez y en los asuntos civiles, el importe de los honorarios ascendería a un 18% del resultado obtenido, que en el caso era de 36.554,53 €;.
La parte demandada contestó a la demanda, oponiéndose y solicitando la desestimación de la misma y la condena en costas a la parte actora.
El demandado opuso, en síntesis, lo siguiente: el demandado nunca requirió a la actora la reclamación de la indemnización que le correspondía en aplicación del convenio Colectivo establecido por Prosegur, sino que fue encomendado a su Sindicato que informó