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TSJ Murcia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 3/2019, de 13 de junio. Recurso 9/2018

Ponente: MIGUEL ALFONSO PASQUAL DEL RIQUELME HERRERO
SP/SENT/1013519
 Se anula un laudo arbitral por no haberse notificado la convocatoria de la vista oral previa al dictado del laudo debidamente a la parte
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 28 de septiembre de 2018 ha tenido entrada en la Secretaría de esta Sala Civil y Penal del TSJ de la Región de Murcia el escrito presentado por el procurador don Juan Jiménez-Cervantes Hernández Gil, en representación de la mercantil Transgallego Logistic, S.L, por el que ejercita la acción de anulación del Laudo dictado el día 16 de junio de 2018 por la Junta Arbitral de Transportes de la Región de Murcia, en cuya parte dispositiva acordaba estimar la reclamación 55/2017 promovida por la mercantil Bodegas Faustino, S.L. frente a Transgallego Logistic, S.L, debiendo la segunda abonar a la primer ala cantidad de 48.527 euros, por los motivos señalados en dicho laudo. Interesaba la demandante se dictase sentencia por la que se declara la nulidad de dicho laudo arbitral, dejándolo sin efecto, y con expresa imposición de costas a la parte demandada en el supuesto de que se opusiese a la demanda presentada.
SEGUNDO.- Admitida que fue a trámite la demanda de anulación de laudo arbitral, por decreto de fecha 11 de octubre de 2018, previa subsanación de defectos señalados, se dio traslado de la misma a la demandada, Bodegas Faustino, S.L, quien mediante escrito presentado el día 13 de noviembre de 2018 la contestó, oponiéndose a la demanda en su contra deducida, e interesando su íntegra desestimación por las razones expresadas en su escrito, con expresa condena en costas a la actora. De dicho escrito de contestación se dio nuevo traslado a la actora en los términ