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AP Barcelona, Sec. 17.ª, 827/2018, de 21 de noviembre. Recurso 1159/2017

Ponente: MARIA SANAHUJA BUENAVENTURA
SP/SENT/982424
 El menor se lanzó intencionadamente desde una altura sobre la pierna del otro menor causándole la fractura en la pierna debiendo responder del daño los padres del agresor
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 10 de noviembre de 2017 se han recibido los autos de Juicio verbal (250.2) (VRB) 67/2016 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 2 de DIRECCION000 a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Erlisbeth Canoles Medina, en nombre y representación de Hernan, Dolores contra Sentencia - 27/07/2017 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Mª Carmen Fuentes Millan, en nombre y representación de Emilia, Jacobo.
Segundo. El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:
"Estimando íntegramente la demanda entablada por la representación procesal de Doña Emilia, actuando en representación legal de su hijo Jacobo, frente a Don Hernan y Doña Dolores, debo condenar y condeno solidariamente a estos últimos a pagar al menor Jacobo la suma de 5785,91 euros con imposición de las costas causadas en esta instancia."
Tercero. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El Sr. Carlos José y la Sra. Emilia, padres del menor Jacobo, interpusieron demanda de juicio verbal en reclamación de la indemnización de 5.785,91 €;, por las lesiones causadas a su hijo por el menor Hernan, frente a sus padres, el Sr. Juan Carlos, y la Sra. Dolores. Exponen que el 12 de noviembre de 2013 los menores tuvieron una discusión durante el recreo de la mañana, que por la tarde el hijo de los demandados pidió al hijo de los actores que se acercara, y cuando lo hizo se lanzó sobre él desde un muro con una sobreelevación de unos 0,50 metros, cayendo sobre la pierna de Jacobo, causándole una fractura diafisaria oblicua tercio medio bajo de tibia izquierda, para cuya curación fueron necesarios 19 días de hospitalización, 41 días impeditivos, y 65 días no impeditivos.
La Sra. Dolores invoca prescripción. Y se opone alegando que el menor Hernan en la fecha de los hechos tenía 13 años, y no podía comprender la trascendencia de su actuación, por lo que no sería responsable de la misma, y por tanto tampoco sus padres. Expone que Hernan no se lanzó desde un muro sobre la pierna de Jacobo, y que éste se la fracturó forcejeando con el primero, que se defendió de una agresión, pues previamente Jacobo le tiró al suelo y le rodeó el cuello con su brazo, no siendo previsible una fractura de este tipo. Opone asimismo pluspetición pues solo se acreditan 11 días de hospitalización, 41 días impeditivos, y 38 días no impeditivos, lo que hace un total de 4.326,40 €;