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AP Lleida, Sec. 2.ª, 38/2019, de 24 de enero. Recurso 355/2018

Ponente: ANA CRISTINA SAINZ PEREDA
SP/SENT/989182
 Según informes del Punto de Encuentro, las visitas han evolucionado de forma negativa y causan daño emocional a los menores, sin mejora el vínculo maternofilial
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 Todos los informes médicos y periciales en autos recomiendan revocar la custodia atribuida en la instancia y dársela al padre, sin fijar visitas ni comunicaciones algunas con la madre
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 Según evolucione la situación, en ejecución de sentencia se fijarán las medidas oportunas en interés de los menores
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 Se fija una pensión de alimentos a cargo de la madre de 150€, cantidad cercana al mínimo vital, pues la madre gana unos 1000€ y el padre reconoció ganar unos 4500€ y los gastos de los hijos son de 1200€ mensuales
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 La Sala confirma que el padre contribuirá a los gastos extraordinarios en un 70% y la madre en un 30%
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 Procede mantener la pensión de alimentos del esposo a la esposa fijada por 3 años, que deberán contra desde el Auto de medidas
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 No porcede hacer pronunciamiento sobre la titularidad de vehículo, pues según el Códifo de familia catalán solo cabe instar la división de la cosa común junto a la demanda de separación o divorcio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO . En fecha 17 de mayo de 2018 se han recibido los autos de Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 162/2016 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de DIRECCION000 a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por Eulalio , representado por la Procuradora Roure Vallès, contra Sentencia - 20/03/2017, aclarada y complementada por Autos de fecha 16/10/2017 y de fecha 13/11/2017, y en el que consta como parte apelada la Procuradora Eva Sapena Soler, en nombre y representación de Fátima . Interviene el MINISTERIO FISCAL.
SEGUNDO . El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:
"DECISIÓ
Estimo parcialment la demanda interposada per Eulalio contra Fátima i:
1. Disposo que els fills de la parella estiguin sota la custòdia compartida d'ambdós progenitors, per setmanes alternes a computar des de divendres a la sortida d'estudi i fins el divendres següent. La setmana que els nens estiguin en companyia d'un progenitor s'hauran d'estar en companyia de l'altre dos dies entre setmana, amb pernoctes, i llevat del divendres. Quan la custòdia correspongui a la mare, els nens estaran amb el pare els dos dies en qué acudeixin a activitats extraescolars, des de la sortida del col.legi i fins a l'entrada l'endemà. Quan la custòd