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AP Barcelona, Sec. 12.ª, 66/2019, de 30 de enero. Recurso 237/2018

Ponente: MARIA ISABEL TOMAS GARCIA
SP/SENT/989727
 Corresponde a la esposa la atribución del uso del inmueble familiar aunque en la contestación a la demanda muestre su conformidad con la división del condominio puesto que hasta que tenga lugar nada obsta a que el uso quede en su poder
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 La atribución del uso a la esposa se limita al plazo de 5 años en lugar de hasta que la hija cumpla 30 años en cuanto tiempo prudencial para que pueda reubicarse en otro domicilio
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 Considerando los ingresos y gastos del padre y el patrimonio de la hija mayor de edad que tiene deposito bancario se fijan los alimentos, ya que no tiene independencia económica, en 300 € al mes
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 Dedicada en mayor medida la esposa al cuidado del hogar y de la familia mermando su proyección profesional se acuerda conceder compensatoria de 500 € al mes durante 10 años ya que con los 54 años con que cuenta puede acceder al mercado laboral
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 No se concede indemnización a la esposa en compensación al trabajo desarrollado en casa al no producirse la existencia de excedentes acumulables en el patrimonio del esposo al momento de la extinción del régimen
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- RESOLUCIÓN RECURRIDA . En el procedimiento tramitado ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de DIRECCION001 recayó Sentencia el día 15/6/2017 cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente:
" Se estiman parcialmente la demanda y la reconvención de divorcio en la que figuran como partes don Florian representado por la Procuradora doña Elsa Corbella Titus y asistido por la letrada doña Mireia San Nicolás frente a doña Flor representada por la Procuradora doña Elsa Ribera Sierra y asistida por el letrado don Germán Fandiño Acosta y en consecuencia se declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído el 21-11-87 por ambos litigantes con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración señalados en los apartados primero y segundo del fallo aprobando el acuerdo alcanzado por las partes en cuanto a las medidas complementarias definitivas reseñadas en los apartados siguientes:
1º) La revocación de consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica cesando la presunción de convivencia conyugal.
2º) Se declara disuelto el régimen económico matrimonial de separación de bienes procediéndose a la extinción del condominio sobre la vivienda común en la forma que posteriormente se detalla.
3º) Se atribuye el uso de la vi