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AP Barcelona, Sec. 12.ª, 183/2019, de 15 de marzo. Recurso 322/2018

Ponente: RAQUEL ALASTRUEY GRACIA
SP/SENT/996542
 Tiene derecho a compensación económica en caso de divorcio uno de la pareja cuando acredita que ha trabajado en la gestión de los bienes y empresas del otro sin retribución o con retribución simbólica
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 La compensación económica se calculará atendiendo a la diferencia entre el patrimonio inicial y final y los años de duración de la convivencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero . En fecha 23 de marzo de 2018 se han recibido los autos de Divorcio contencioso 540/2015 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de DIRECCION000 a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a CONCEPCIÓ MENDILUCE ALSINA, en nombre y representación de Ángel Jesús contra Sentencia - 13/11/2017 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a FRANCISCO SANCHEZ GARCIA, en nombre y representación de Mónica .
Segundo . El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: " Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Concepción Mendiluce Alsina, en nombre y representación de D. Ángel Jesús , contra Del. Mónica , representada por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Sánchez Garcí y, en consecuencia, declaro DISUELTO POR CAUSA DE DIVORCIO el matrimonio contraído por los litigantes el 31 de mayo de 2013, acordando las siguientes MEDIDAS DEFINITIVAS:
1.- La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción de convivencia conyugal.
.2.- Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
3.-Que se mantengan en los m