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SP/DOCT/97928

Artículo Monográfico. Junio 2020

La abusividad en el TJUE: La protección de la abusividad en productos complejos

Ana Armijo Pliego. Asociada senior en el Departamento de Litigación y Arbitraje de Garrigues
I. Introducción
La protección del inversor en el ámbito de la contratación de productos complejos ha venido caracterizada, sin lugar a duda, por la problemática suscitada como consecuencia de lo prolijo de este tipo de productos y, como se extrae de su propia denominación, por la complejidad que los define.
Con objeto de reforzar la protección de los inversores, el legislador comunitario, en un primer momento, a través de la Directiva 2004/39 (MIFID) y, posteriormente, de la Directiva Europea 2014/65 (MIFID II), reguló la información que las entidades que operaban en el mercado financiero debían suministrar a dicho inversor con carácter previo a la suscripción del producto; no obstante, debemos adelantar que el mero hecho de que formalmente se hubiera facilitado dicha información, no blinda el producto financiero ante una eventual impugnación Nota .
A pesar de las obligaciones impuestas por las precitadas Directivas comunitarias, el núcleo gordia