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TS, Sala Primera, de lo Civil, 444/2019, de 17 de julio. Recurso 1846/2017

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/1014822
 Al ser mayor la suma de los rendimientos percibidos por las obligaciones subordinadas más la cantidad obtenida con la venta de las acciones por las que se canjearon, no procede indemnizar por daños y perjuicios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. La procuradora María Carmen Sole Esteve, en nombre y representación de Anselmo , interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Vilafranca del Penedés, contra Catalunya Banc S.A., para que dictase sentencia por la que se acuerde:
"a) La existencia de negligencia e incumplimiento por parte de la entidad Caixa Tarragona, hoy Catalunya Banc S.A., en cuanto a su deber de una correcta información respecto a la naturaleza y riesgos del producto ofertado, que conllevó la existencia de error en el consentimiento por parte de mi mandante en la formalización de dichos contratos, por lo que al amparo del artículo 1101 del Código Civil procede condenar a Catalunya Banc S.A., al pago de una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por mi mandante a causa del posterior canje obligatorio de dichas obligaciones subordinadas por acciones de la entidad Catalunya Banc S.A., y posterior venta de las mismas a favor del FGD, equivalente a la pérdida patrimonial experimentada por mi mandante en base a las quitas sufridas por ésta en dichas operaciones de canje y venta de acciones, las cuales ascienden de conformidad con la documentación aportada en la total cantidad de 13.452,91.-€;.
"b) Se condene a la entidad demandada Catalunya Banc S.A., al pago de las costas del presente procedimiento".
2. La p