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TS, Sala Primera, de lo Civil, 174/2019, de 21 de marzo. Recurso 472/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/996112
 Es nulo por abusivo el interés de demora del préstamo hipotecario del 25% porque provoca un notorio desequilibrio no justificado por el deseo de incentivar el cumplimiento, dada la insoportable carga económica que producía
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Lázaro y Dña. Guadalupe , representados por la procuradora Dña. María Pilar Amador Guallar y dirigido por el letrado D. José María Viladés Laborda, interpuso demanda de juicio ordinario por reclamación de cantidad y nulidad de condiciones generales contra Caja Rural de Aragón Sociedad Cooperativa de Crédito y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"Por la que:
"1.º- Declarar la nulidad, por tener el carácter de cláusula abusiva, de la estipulación que establece en los contratos de préstamo de que se deriva la presente demanda, el límite a las revisiones del tipo de interés de un mínimo aplicable de un "suelo" establecido y cuyo contenido literal es:
"El interés calculado por este sistema, nunca podrá ser inferior al 3,50 por ciento anual y tampoco ser superior al 14% nominal anual. Si los índices de referencia desaparecieran, la ...
"2.º- Condenar a Caja rural de Aragón, Sociedad Cooperativa de Crédito, a la devolución de los prestatarios de las cantidades que se hubieran cobrado en virtud de la condición declarada nula, en concreto al pago de cinco mil quinientos ochenta euros con sesenta y un céntimos (5.580,61 euros).
"3.º- Condenar a la demandada al pago de los intereses legales calculados desde la fecha de cobro de cad