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TJCE/TJUE, Sala Sexta, de 4 de junio de 2020. Recurso C-301/18

Ponente: integrado por M. Safjan
SP/SENT/1051038
 El desistimiento de un contrato de crédito celebrado a distancia da derecho al consumidor a obtener del proveedor el reembolso del principal e intereses abonados, pero no una compensación por el disfrute del principal y de los intereses
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ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 7, apartado 4, de la Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, y por la que se modifican la Directiva 90/619/CEE del Consejo y las Directivas 97/7/CE y 98/27/CE (DO 2002, L 271, p. 16).
Esta petición ha sido presentada en el contexto de un litigio entre el Sr. Thomas Leonhard y DSL-Bank — establecimiento de DB Privat- und Firmenkundenbank AG (en lo sucesivo, «DSL-Bank») sobre el ejercicio, por parte del Sr. Leonhard, del derecho de desistimiento relativo a un contrato de crédito celebrado entre ambas partes.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Los considerandos 1, 3, 13 y 14 de la Directiva 2002/65 tienen la siguiente redacción:
«(1) En el marco de la realización de los objetivos del mercado interior, es preciso adoptar las medidas destinadas a su progresiva consolidación, debiendo estas medidas contribuir a conseguir un alto nivel de protección de los consumidores, de conformidad con los artículos 95 [CE] y 153 [CE].
[…]
(3) […] A fin de garantizar la libertad de elección de los consumidores, que es un derecho esencial de estos, es necesario un alto niv