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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 18 de noviembre de 2019. Recurso 260/2018

Ponente: MARIA NIEVES BUISAN GARCIA
SP/SENT/1034169
 La consulta de los datos de la denunciante en el fichero de solvencia no estaba amparado por el artículo 42.1 del RLOPD, pues no ha resultado acreditado que contara con el consentimiento inequívoco de la denunciante, tercera persona
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Por la entidad recurrente se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 18 de mayo de 2018, acordándose su tramitación de conformidad con las normas establecidas en la Ley 29/1998, y la reclamación del expediente administrativo.
SEGUNDO.- En el momento procesal oportuno Mapfre España SL formalizó la demanda mediante escrito presentado el 1 de octubre de 2018 en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminó suplicando se dictara sentencia en la que, estimando el presente recurso y las pretensiones formuladas, declare la disconformidad a derecho de la Resolución administrativa nº R/00331/2018 de la Agencia de Protección de Datos, revocando la sanción de 50.000 euros impuesta a MAPFRE ESPAÑA, anulándola y dejándola sin efecto alguno y declarando expresamente la nulidad del acto recurrido por no ser ajustado a derecho o, subsidiariamente, acuerde la aplicación de las reglas de proporcionalidad y ponderación establecidas en la LOPD, reduciendo el importe de la sanción impuesta en los términos expuestos en el presente escrito de demanda y todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
TERCERO. - El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado el 21 de noviembre de 2018 en el que, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando se dictara sentencia en la que se desestimara el rec