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SP/DOCT/81153

Opinión. Marzo 2019

¿Los enfermeros pueden recetar medicamentos y dispensar vacunas?

Maravillas López Egea. Redacción Jurídica de Sepín
Vemos estos días en los medios de comunicación, coincidiendo con la campaña de vacunación contra la gripe, la noticia de que los profesionales de la enfermería comenzarán a recetar medicamentos y podrán dispensar vacunas con arreglo al Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la Indicación, Uso y Autorización de Dispensación de Medicamentos y Productos Sanitarios de Uso Humano por parte de los Enfermeros, que ha entrado en vigor el día 24 de octubre de 2018.
Pero la realidad hasta este momento en nuestros centros sanitarios era que estas funciones ya formaban parte de la praxis cotidiana de los profesionales de la enfermería de forma bastante controvertida en la aplicación del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, debido a las diferentes interpretaciones sobre los ámbitos competenciales entre médicos y enfermeros. Estos conflictos competenciales necesitaron de un acuerdo consensuado en el Foro Profesional, que se recoge en el art. 47 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Esta Ley establece la posibilidad de resolver mediante pactos interprofesionales previos a cualquier normativa reguladora la cuestión de los ámbitos competenciales de las profesiones sanitarias, manteniendo la voluntad de reconocer simultáneamente los crecientes espacios competenciales compartidos interpro