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TSJ País Vasco, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 292/2019, de 11 de junio. Recurso 565/2018

Ponente: JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
SP/SENT/1053392
 Validez la regulación de Bilbao de viviendas de uso turístico que las limitaba a 3 habitaciones (más se consideran hoteles), y en plantas bajas o con acceso independiente. La Comisión de la Competencia consideraba que imponía barreras de acceso
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. PRIMERO.- El día 4 de julio de 2018 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que la Procuradora Dª. Rosa Alday Mendizabal actuando en nombre y representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de 25 de enero de 2018 del Ayuntamiento de Bilbao de aprobación definitiva de la modificación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao en lo relativo a la regulación del uso de alojamiento turístico (BOB de 13 de febrero de 2018) ; quedando registrado dicho recurso con el número 565/2018.
2. SEGUNDO.- En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en el expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que declare la nulidad de los arts. 6.3.18, 6.3.24 y 6.3.37 del Acuerdo de 25 de enero de 2018 del Ayuntamiento de Bilbao, de modificación pormenorizada del PGOU de Bilbao en el extremo relativo a las viviendas para uso turístico. Con condena en costas.
En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se acuerde la íntegra desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto y declare la corrección y conformidad a derecho del acuerdo municipal impugnado, con expresa imposición de las costas a la parte actora.
3. TERCERO.- Por Decreto de 13 d