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Familia y Sucesiones

SP/DOCT/73310

Opinión. Marzo 2018

Amparo por discriminación múltiple: por discapacidad y por edad

Natalia García García. Directora Técnica de Sepín Familia. Abogada
Gestión Documental
Planteamiento
El Tribunal Constitucional, en Sentencia dictada por la Sala Segunda de 22 de enero de 2018 (SP/SENT/935666), estima el recurso de amparo interpuesto por el recurrente a quien, pese a tener una minusvalía psíquica reconocida del 65 % y una situación de dependencia en grado 1, se denegó, por motivo de su edad, su solicitud de ingreso en un programa de atención especializada en un centro de asistencia para personas discapacitadas. Al ser mayor de 60 años, se le concedió una plaza en una residencia de la tercera edad, sin posibilidad de recibir un tratamiento específico para su discapacidad.
La Administración consideró que el recurrente incumplía el requisito de edad máxima de 60 años previsto en la Orden 1363/1997, de 24 de junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, razón por la que se denunció una vulneración de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad, de 13 de diciembre de 2006 (SP/LEG/5940).
La defensa del recurrente en amparo cuestiona la regla de exclusión porque produce una discriminación por razón de la edad (art. 14 CE), carente de justificación y cuya consecuencia es la imposibilidad de acceder al tratamiento médico especializado que requiere su minusvalía psíquica.
En el Fallo se declara que ha sido vulnerado su derecho fundamental a no ser discriminado, por razón de edad y de discapacidad (art. 14 CE) y se acuerda restablec
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