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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Barcelona, Sec. 13.ª, 318/2019, de 12 de abril. Recurso 218/2018

Ponente: JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
SP/SENT/1002566
Gestión Documental
 Aunque en la Constitución establece que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, también proclama el reconocimiento del derecho a la "propiedad privada", y el demandado carece de título válido
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero . En fecha 22 de febrero de 2018 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 518/2017 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Terrassa a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Eladio Roberto Olivo Luján, en nombre y representación de Laura contra Sentencia - 20/11/2017 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Javier Segura Zariquiey, en nombre y representación de SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACION BANCARIA, S.A. (SAREB).
Segundo . El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: " Que estimando la demanda interpuesta por la entidad " sociedad de Gestion de activos procedentes de la reestructuración bancaria, S.A.(SAREB) representada por el Procurador D. Eladio Roberto Olivo Lujan y contra cualesquiera otros ignorados ocupantes de la finca sita en la CALLE000 , NUM000 planta NUM001 puerta NUM002 , de Terrassa, debo condenar y condeno a dichos demandados a proceder al desalojo de la citada finca, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la parte demandante. Todo ello bajo apercibimiento de ser lanzados de ella si no lo hacen en la fecha señalada o que se señale al efecto en ejecución de esta resolución, una vez sea firme. Se imponen las costas de este proceso a la parte demandada."
Tercero. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la norma
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