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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

SP/DOCT/81722

Preguntas y Respuestas. Marzo 2019

¿Cuáles son las novedades en la reforma del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor? ¿En qué consiste el abandono del lugar del accidente?

Departamento Jurídico de Sepín Tráfico
Gestión Documental
¿Cuáles son las principales novedades en esta reforma?
1.º La introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave por disposición de la ley, así como una interpretación auténtica de la imprudencia menos grave.
2.º El aumento de la punición de este tipo de conductas.
3.º La introducción del delito de abandono del lugar del accidente.
¿Cuáles es la novedad en el homicidio imprudente utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor?
Pues que se dan dos niveles de imprudencia: la grave y la menos grave. La segunda se da cuando no sea calificada de grave y el hecho sea consecuencia de una infracción grave de las normas sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, apreciada la entidad de ésta por el Juez o el Tribunal. (Art.142.2 CP)
Ello significa una remisión a la legislación de tráfico para determinar cuándo una acción es grave o menos grave, para, de ahí, derivar la consideración de la propia infracción del deber de cuidado que integra la conducta imprudente. Y así se establecen como infracciones graves las del art. 76 RD 6/2015.
¿Cuándo hay homicidio con imprudencia grave?
Se reputará en todo caso como imprudencia grave (Art.142.1 CP) la conducción en la que la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 379 del Código Penal (CP) determinará la producción del hecho. Estas son:
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.
2. El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. Con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
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