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Penal

TSJ Galicia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 8/2019, de 22 de enero. Recurso 49/2018

Ponente: FERNANDO ALAÑON OLMEDO
SP/SENT/990505
Gestión Documental
 Concurre la violencia propia de la agresión sexual ex artículos 178 y 179 CP; los hechos probados relatan que el acusado mantuvo relaciones sexuales con la menor, pese a negarse esta y forcejear con él; el forcejeo implica violencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO : La sentencia dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra con fecha de 30 de julio de 2018 contiene los siguientes hechos probados:
"El acusado Ramón , nacido el NUM000 /1979, provisto de DNI NUM001 , sin antecedentes penales, convivía en el momento de los hechos y hasta noviembre del 2016 con su esposa Rosalia ; la hija de ambos Sagrario y los tres hijos de Rosalia : Marí Luz , nacida el NUM002 /1999, María Consuelo , nacida el NUM003 /2005 y el menor de los tres, Juan Luis .
Los hijos de Rosalia , habían llegado a España procedentes de Colombia donde residían, el 12/07/2012 para iniciar la convivencia con su madre, el acusado y la hija de ambos de corta edad, en la C/ DIRECCION000 n° NUM004 , NUM005 de la localidad de DIRECCION001 , domicilio habitual de la pareja y su hija.
A.-En fechas indeterminadas, pero comprendidas entre el mes de octubre del 2012 y el mes de julio del 2015, el acusado Ramón , aprovechando su condición de pareja sentimental primero y esposo desde diciembre del 2013 de la madre de los menores, así como la ventaja de hacerse cargo de ellos en el domicilio familiar cuando la madre se iba a trabajar, buscaba quedarse a solas con Marí Luz y después de entretener a los otros en otra estancia de la casa, con el fin de satisfacer sus deseos sexuales efectuaba a Marí Luz tocamientos en pechos y zona genital por debajo de sus ropas, para transcurrido un tiempo, pe
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