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Procesal Civil

TS, Sala Primera, de lo Civil, 160/2017, de 8 de marzo. Recurso 72/2015

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/892387
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 Se desestima la revisión, art. 510.1º LEC: el demandante de impugnación de la filiación no aportó el informe pericial, pese a ser anterior a la sentencia, cuando podía haber sido aportado a los autos antes de la vista de la apelación
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 Se condena en costas al demandante al haber sido desestimada la revisión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Madrid dictó sentencia con fecha 17 de julio de 2013 por la que se resolvía el proceso sobre impugnación de filiación no matrimonial promovido por Raimundo contra Purificacion y Teofilo (ambos declarados en situación procesal de rebeldía), y con la intervención del Ministerio Fiscal, con la siguiente parte dispositiva:
«Fallo: Desestimo la demanda formulada por la procuradora Raquel Hidalgo Monsalve, en nombre y representación de Raimundo , contra Purificacion y Teofilo , y en su virtud absuelvo a los demandados de los pedimentos contra ella deducidos.
»Ello sin hacer expresa imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad».
SEGUNDO. Tramitación en segunda instancia
1. La anterior resolución fue recurrida en apelación por la representación de Raimundo .
2. La resolución del recurso de apelación correspondió a la sección 22.ª de la Audiencia Provincial de Madrid mediante sentencia con fecha 24 de junio de 2014 , cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso formulado por la representación procesal de don Raimundo , contra la Sentencia dictada en fecha 17 de julio de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia
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