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Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 4.ª, 2032/2017, de 20 de diciembre. Recurso 480/2017

Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
SP/SENT/934586
Gestión Documental
 Concursos-oposiciones: la Administración no puede establecer diferencias de trato en función de los distintos turnos de acceso (libre, promoción interna y discapacitados), salvo que medie una justificación razonable y convincente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación procesal de doña Estefanía interpuso recurso contencioso-administrativo, por la vía especial del procedimiento de protección de los derechos fundamentales, contra la resolución de la Directora Gerente del SESCAM de 2 de diciembre de 2015, por la cual se inadmitió la solicitud de revisión de oficio de la resolución del Tribunal Calificador del ejercicio de la fase de oposición, así como la resolución de la Dirección General del SESCAM que puso fin al proceso selectivo para la provisión de plazas de Auxiliares de la Función Administrativa de dicha institución, turno libre, que había sido convocado por resolución de 5 de octubre de 2009.
SEGUNDO.- La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó sentencia el 29 de septiembre de 2016 en el recurso 493/2015 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
« 1.- Desestimamos el recurso contencioso-administrativo.
» 2.- No ha lugar a hacer imposición de las costas ».
TERCERO.- Notificada la sentencia, se presentó escrito por la representación procesal de doña Estefanía ante dicha Sección informando de su intención de interponer recurso de casación y tras justificar en el escrito de preparación la concurrencia de los requisitos reglados de plazo, legitimación y recurribilidad de la resolución impugnada, identificar l
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