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Derechos Reales

TS, Sala Primera, de lo Civil, 695/2017, de 20 de diciembre. Recurso 1902/2016

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/930967
 Es nula por abusiva la cláusula suelo inserta en el préstamo hipotecario. La entidad bancaria que se ha allanado al recurso de casación es condenada a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente sin imposición de costas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador de los tribunales don Víctor Alcántara Martínez, en nombre y representación de D. Eloy y D.ª Eva María , interpuso demanda de juicio ordinario frente a la entidad Banco Mare Nostrum, S.A., ejercitando acción declarativa de nulidad de condición general de la contratación y acción de reclamación de cantidad, suplicando al juzgado dictase sentencia con los siguientes pedimentos:
«Que tenga por presentado este escrito, con los documentos acompañados y copia de todo ello, lo admita, me tenga por comparecido en la representación que ostento de DON Eloy y DOÑA Eva María , mandando se entiendan conmigo las sucesivas diligencias, y por interpuesta en tiempo hábil y forma legal DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO, EN EJERCICIO DE ACCIÓN DECLARATIVA DE NULIDAD DE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, Y, accesoriamente a ésta, ACCIÓN DE DEVOLUCIÓN DE CANTIDAD, contra la entidad BANCO MARE NOSTRUM, S.A., se admitirla y, previos los trámites procesales pertinentes, dicte en su día Sentencia por la QUE:
»1. Declare la nulidad, por tener el carácter de cláusulas abusivas y/o por falta de transparencia, de las siguientes condiciones generales de la contratación.
»A.- Escritura 8 de marzo de 2004, ante el Notario Sevilla DON JAIME ANTONIO SOTO MADERA, con número 884 de protocolo, cláusula PRIMERA.-CLÁUSULAS FINANCIERAS D) Interes
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