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Administrador de Fincas

AP Madrid, Sec. 11.ª, 316/2019, de 25 de septiembre. Recurso 500/2018

Ponente: JESUS MIGUEL ALEMANY EGUIDAZU
SP/SENT/1024875
Gestión Documental
 Está prescrita la acción de la comunidad contra el arquitecto por defectos constructivos al no constar ninguna comunicación ni acto que interrumpa la prescripción de las acciones frente a él, a pesar de los requerimientos a la promotora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 67 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 11/12/2017, cuyo fallo es del tenor siguiente:
"Que estimando en parte la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000 número NUM000 de Parla (Madrid), contra Bigeco S.A., FCC Construcciones S.A. y D. Segismundo, debo:
1.- Declarar la responsabilidad solidaria de los citados demandados, por los daños materiales derivados de vicios y defectos constructivos precisados en el fundamento jurídico
quinto de la presente resolución:
- Desperfectos en solados de las zonas comunes de los trasteros.
- Humedades en el techo del gimnasio comunitario, bloque C.
- Humedades en muros de contención de los bloques A y B.
- Desperfectos en solado de bloques A y B y acceso a la urbanización del edificio
- Fisuración y desgaste de pavimento de hormigón impreso exterior en zona de viviendas unifamiliares
- Humedades en escaleras de acceso a garaje de los bloques A y B.
- Fisuraciones en muros de parcelas en viviendas unifamiliares.
- Falta de entronque de bajantes pluviales de bloques al colector de saneamiento
- Fallos de estanqueidad de las caperuzas
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