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REGLAMENTO (CE) nº 2790/1999 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas

órgano emisor: COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

publicación: D.O.U.E L num. 336 - 29/12/1999

entrada en vigor: 01/01/2000

La presente disposición es aplicable desde el 1 de junio de 2000, excepto el apartado 1 del artículo 12 que lo será desde el 1 de enero de 2000 y expirará el 31 de mayo de 2010.

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Artículo 4