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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 26 de marzo de 2019. Recurso 509/2017

Ponente: FELISA ATIENZA RODRIGUEZ
SP/SENT/1000899
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- El presente recurso contencioso-administrativo se interpuso el 26 de septiembre de 2017, y una vez admitido y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 6 de febrero de 2018, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia por la que se declarase nula de pleno derecho o, en su caso, se anulara la resolución impugnada.
SEGUNDO .- Formalizada la demanda, se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó el representante del Estado en fecha 23 de febrero de 2018, mediante el pertinente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se confirmara la resolución administrativa impugnada, con imposición de las costas a la parte recurrente.
El 28 de marzo de 2018, contestó a la demanda, la parte codemandada en cuyo Suplico solicitaba la confirmación de la resolución impugnada.
TERCERO .- Mediante Auto de 3 de abril de 2018 se acordó el recibimiento del recurso a prueba, admitiéndose la prueba documental propuesta por la parte actora, y al no haber más pruebas que practicar, y se concedieron diez días a las partes para la formulación
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