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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 564/2017, de 2 de octubre. Recurso 27/2016
Ponente: MARIA LUZ LOURDES SANZ CALVO
SP/SENT/924655
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Interpuesto el recurso Contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido emplazar a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho qué consideró oportunos, terminó suplicando que se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto se declare no ser conforme a Derecho la resolución recurrida, anulándola totalmente y ordenando: 1) la devolución a Elkargi S.G.R., la devolución de los 3.000 €; correspondiente a la multa impuesta, ya satisfechos, con los intereses legales correspondientes desde la fecha de su pago y, 2) la publicación de la sentencia anulatoria de la resolución sancionadora recurrida del mismo modo en que se hubiera publicado.
SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho qué consideró aplicables, solicitó se dicte sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto, con imposición de costas a la entidad recurrente.
TERCERO.- La codemandada no ha contestado a la demanda, teniéndole por precluida del trámite para contestara la demanda por diligencia de ordenación de 13 de febrero de 2017.
CUARTO.- El recurso no se ha reci