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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 14 de diciembre de 2017. Recurso 88/2016

Ponente: FELISA ATIENZA RODRIGUEZ
SP/SENT/934216
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 No acreditado que los correos tuvieran como destinatario al denunciante, por no ir dirigidos a una persona concreta e individualizada, sino a correos compartidos con miembros de su familia no se infringe la Ley de la Sociedad de la Información
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 11 de enero de 2016, se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado ante esta sala contra el acto mencionado en el encabezamiento de esta resolución, acordándose su admisión y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito de 17 de enero de 2017, en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó solicitando la estimación del recurso y la consiguiente anulación del acto recurrido .
SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito de 17 de mayo de 2017, en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
TERCERO.- Al no haberse recibido el pleito a prueba se dio traslado a las partes, por su orden, para conclusiones, se evacuaron en sendos escritos en los que realizaron las manifestaciones que le convinieron a sus respectivos intereses.
CUARTO.- Me diante Providencia de 20 de noviembre de 2017, se señaló para votación y fallo el siguiente día 28 de noviembre, fecha en que se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo visto para sentencia.
Ha sido ponente del presente recurso la Iltma Sra Magistrada, Dª FELISA ATIENZA RODRIGUEZ, que expresa el parecer
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