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Consumidores y Usuarios

SP/DOCT/71033

Resolución Administrativa. Diciembre 2015

Laudo Arbitral Madrid (2638.1-15) de 16-12-2015
Estimación de las pretensiones de la reclamante que no está obligada a abonar la visita domiciliaria, que se encuentra amparada por la garantía legal de la lavadora

Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid
Gestión Documental
2638 /2015
VENTA ELECTRODOMESTICOS
RECLAMANTE: XXX
RECLAMADO: XXX
En Madrid, a 16 de Diciembre de 2015, constituido el Colegio Arbitral, compuesto por los siguientes miembros:
PRESIDENTE:
XXX, empleado público de la Comunidad de Madrid.
VOCALES:
XXX, en representación de ASOC. DE CONSUMIDORES Y USUARIOS C.MADRID, debidamente acreditada ante esta Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid.
XXX, en representación de CONFEDERACION EMPRESARIAL MADRID, debidamente acreditada ante esta Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid.
ANTECEDENTES
Se inició la Audiencia con la lectura de la reclamación que puede resumirse en: el 26/06/15 adquiere una lavadora en XXX (Madrid) marca XXX por un valor de 465,38 €, pagando una cantidad extra para que se le amplíe la garantía de 2 a 5 años. El 29/02/15 le entregan e instalan la lavadora. Cuando la pone en funcionamiento aprecia que no coge el suavizante. Acude a la tienda del vendedor el dia 02/07/15 y este avisa al SAT para que acuda a su domicilio. El dia 07/07/15 acude el SAT y el técnico le dice que la lavadora no tiene ningún problema y que le tengo que abonar la visita (49,11 €).
Se niega a ello y el propio técnico le anula la garantía de 5 años contratada. Solicita: la aplicación de la garantía.
La empresa reclamada manifiesta que la visita tiene que abonarla puesto que la máquina tenía un funcionamiento correcto y sin ninguna avería. En referencia a la anulación de garantía, cuando un cliente no abona la factura pierde la garantía del fabricante no la que contrata con la tienda.
El Colegio Arbitral entra en el estudio de las actuaciones practicadas, consistentes en:
1.- Estudiar la documentación adjuntada al expediente.
2.- Dar audiencia a las partes.
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