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  • La falta de obtención de financiación por el comprador como causa de resolución de la compraventa de un inmueble

    La falta de obtención de financiación por el comprador como causa de resolución de la compraventa de un inmueble

    El pago del precio es la obligación principal del comprador, para lo que, casi en la totalidad de los contratos de compraventa cuyo objeto es un bien inmueble, es necesario que se solicite la financiación a una entidad bancaria mediante la concesión de un préstamo. Pero en el supuesto de que el comprador reciba una respuesta negativa por parte de la prestamista y no se tenga otra forma de financiar el pago ¿se puede resolver el contrato de manera justificada? ¿es necesario que esa posibilidad esté expresamente pactada en el contrato? ¿es de aplicación la fiigura de la cláusula "rebus sic stantibus"?

ISSN: 2445-2114 Suscribirse

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