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  • La cláusula rebus sic stantibus como remedio frente a los incumplimientos derivados del COVID-19

    La cláusula rebus sic stantibus como remedio frente a los incumplimientos derivados del COVID-19

    La declaración del estado de alarma está planteando muchos problemas en relación con el cumplimiento de los contratos, perfilándose la cláusula rebus sic stantibus como el instrumento jurídico apropiado para resolver los múltiples conflictos económicos que se están produciendo como consecuencia del impacto del COVID-19. De construcción jurisprudencial, la crisis sanitaria está demostrando la necesidad de dotar a esta cláusula de una regulación normativa como medida de renegociación y adaptación de los contratos a las nuevas circunstancias. En esta guía analizamos los requisitos exigidos por la jurisprudencia para llevar a cabo la revisión de un contrato en aplicación del principio general contenido de la cláusula rebus sic stantibus y que aluden a una alteración de las circunstancias entre el momento de la perfección del contrato y el de la consumación, desproporción que ha de ser exorbitante entre las prestaciones de las partes, producida por un riesgo i ...[ver más]

ISSN: 2445-1975 Suscribirse

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