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  • Delitos ecológicos y contra la flora y la fauna

    Delitos ecológicos y contra la flora y la fauna

    Departamento Jurídico de Sepín Penal

    Los delitos ecológicos parten de un derecho-deber recogido en nuestra Constitución, en el art. 45. Todos tenemos derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, y también el deber de conservarlo. Se encuentran regulados dentro del Título XVI del Libro II, en el Capítulo III, arts. 325 a 331, bajo la rúbrica "De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente" y Capítulo IV, arts. 332 a 337 bis "De los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos". ¿Cuándo se considera que unos vertidos o depósitos son ilegales? ¿En qué casos puede atribuirse el delito a personas jurídicas? ¿Cómo puede probarse la caza ilegal? ¿Es necesario ser propietario del animal para ser imputado por delito de maltrato? Estas y otras cuestiones tienen respuesta en esta práctica guía temática que cuenta con la opinión de nuestros expertos y las resoluciones y autos judiciales más recientes ...[ver más]

ISSN: 2445-2203 Suscribirse

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