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  • La prisión permanente revisable

    La prisión permanente revisable

    Departamento Jurídico de Sepín Penal

    La pena de prisión permanente revisable se incorporó a nuestro Código Penal en la reforma llevada a cabo por LO 1/2015, de 30 de marzo. Se regula desde entonces en el artículo 140 del texto punitivo, tratándose de una pena solo aplicable al delito de asesinato llamado hiperagravado, que se da en cuatro supuestos: que la víctima sea menor de dieciséis años o especialmente vulnerable, que el asesinato sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual sobre la víctima, la pertenencia del autor a un grupo criminal o que el condenado lo sea por la muerte de dos o más personas. ¿Qué problemas da su aplicación, especialmente respecto al principio de non bis in idem? ¿Qué efectos tiene sobre la prisión provisional la condena a prisión permanente revisable? Estas y otras cuestiones aparecen analizadas en la presente sección temática, desde la perspectiva de la doctrina científica y jurisprudencial ...[ver más]

ISSN: 2445-2203 Suscribirse

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