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  • Los plazos procesales cuando cese el Estado de Alarma

    Los plazos procesales cuando cese el Estado de Alarma

    El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el Estado de Alarma en sus DDAA 2ª y 4ª suspendió los plazos procesales y sustantivos de caducidad y prescripción y generó una fuerte discusión doctrinal sobre la comprensión del precepto y, sobre todo, solucionar el problema de su reanudación una vez cesase el Estado de Alarma. Han sido muchas las interpretaciones y propuestas de solución como la que elevó el CGPJ al Ministerio de Justicia el día 20 de abril que finalmente no ha visto la luz. La solución, la encontramos finalmente en el art. 2 del RD Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia pero ¿Los plazos se reinician o se reanudan??¿Cuando se inicia el cómputo?¿Es verdad que el plazo para recurrir es el doble?¿En todos los supuestos?¿desde cuando se computa?Asistimos a una verdadera revolución en materia de plazos cuyo conocimiento es imprescindible ...[ver más]

ISSN: 2445-219X Suscribirse

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