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  • Presidente. Límites al ejercicio del cargo

    Presidente. Límites al ejercicio del cargo

    De acuerdo con lo dispuesto en el art.13.3 de la LPH, este propietario, elegido en Junta, "ostentará legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten" es decir, es un comunero más que, durante un tiempo, es nombrado como representante de la Comunidad, sin que se le concedan derechos especiales frente al resto, aunque, como está claro, tiene una serie de obligaciones consecuencia de esta designación pero,¿qué limites tiene la citada representación?

ISSN: 2445-2149 Suscribirse

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