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  • La apelación en el proceso contencioso tras el RD-Ley 6/2023

    La apelación en el proceso contencioso tras el RD-Ley 6/2023

    El recurso ordinario de apelación se encuentra regulado en los arts. 81 a 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, habiéndose visto dos de estos artículos (arts. 81 y 85) modificados por el RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre. En la nueva redacción del art. 81 se establece que serán siempre susceptibles de apelación, independientemente de la cuantía, las sentencias susceptibles de extensión de efectos. Respecto del art. 85, por un lado encontramos la eliminación para los funcionarios públicos de la necesidad de designar un domicilio para notificaciones en los escritos de interposición del recurso cuando comparezcan por sí mismos en defensa de sus derechos estatutarios; y por otro lado, se establece el cambio de terminología del concepto "adherirse a la apelación" por "impugnar la sentencia apelada en lo que le resulte desfavorable", asimismo y finalmente, se sustituye el concepto "oponerse a la adhesión" por "oponerse a la impugnación".[ver más]

ISSN: 2445-2033 Suscribirse

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