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  • Visados de corta duración

    Visados de corta duración

    Se encuentra en situación de estancia de corta duración el extranjero que no sea titular de una autorización de residencia y esté autorizado para permanecer en España por un periodo ininterrumpido o suma de periodos sucesivos cuya duración total no exceda de noventa días por semestre a partir de la fecha de la primera entrada, pero ¿qué requisitos son necesarios para su concesión? ¿qué tipo de visados de corta duración se pueden obtener? ¿cuál es el procedimiento para la autorización de una prórroga? ¿por qué motivos puede ser anulado el visado? ¿existen supuestos excepcionales de estancia de corta duración?

ISSN: 2445-1940 Suscribirse

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