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Revista · Enero 2017

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  •   Delito de quebrantamiento de medidas y penas en redes sociales 

    La forma de comportarse de la sociedad con la irrupción de las redes sociales ha evolucionado, lo que puede conllevar la comisión de infracciones penales a través de estas nuevas herramientas.

    En la presente guía temática se analiza, en concreto, la comisión del quebrantamiento de medidas y penas a través de las redes sociales. La prohibición de comunicación con la víctima puede infringirse no solo acercándose a ella, llamándola o escribiéndole una carta. En la actualidad, el condenado puede enviarle un mensaje a través de WhatsApp, hacer un comentario en Facebook o simplemente darle a "me gusta" a una publicación. Dependiendo del supuesto concreto, se estimará o no la comisión del quebrantamiento. Aquí podrá encontrar la jurisprudencia más reciente, tanto condenatoria como absolutoria, además de comentarios doctrinales a algunas de las resoluciones judiciales más destacadas.

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