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Revista · Diciembre 2018

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  •   Facturas rectificativas, originales y duplicados 

    Tan obligatorio como la expedición de una factura por la entrega de bienes o la prestación de servicios lo es, apreciado un error o siendo necesaria la modificación de determinadas partidas consignadas, la sustitución del original entregado (no destrucción) mediante la remisión de la correspondiente factura rectificativa. ¿En qué supuestos debe procederse a la emisión de una factura rectificativa?, ¿es rectificable la modificación de cualquier dato?, ¿es admisible una rectificación a bolígrafo?, ¿debe tener algún contenido especial?, ¿cómo se comunica al deudor?, ¿y en el del sistema SII (Suministro Inmediato de Información)?, etc.

    Conozca de forma inmediata las respuestas a estas preguntas así como los criterios de los Tribunales y de la Dirección General de Tributos en la admisión de rectificaciones, a los que se añade un modelo de factura rectificativa.

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