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Revista · Enero 2018

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  •   Interrogatorio de parte y ficta confessio 

    El interrogatorio de parte es uno de los medios probatorios de la norma procesal.

    La casuística es muy abundante y mención especial merece la dura sanción que contempla el art. 304 LEC en los supuestos de incomparecencia de una de las partes al juicio o vista: la conocida como "ficta confessio".

    Aunque su apreciación es potestativa, lo que significa que no siempre el Juzgador aplicará tales efectos a la incomparecencia se añade una importante cuestión ¿existe la obligación de indicar en la citación que ese será el efecto que se aplicará a la parte que no acuda injustificadamente a la vista?

    Parece que sí, a juzgar por la jurisprudencia mayoritaria que se acompaña.

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