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Revista · Marzo 2017

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  •   Devolución de la Plusvalía Municipal o IIVTNU 

    El TC en fecha de 16 de febrero y 1 de marzo del 2017 dictó la primera de las sentencias por la que declara inconstitucional la Plusvalía Municipal (IIVTNU) al considerar contraria a la CE la normativa (foral) tributaria que no admite, ni en forma eventual, posibilidad de acreditar la inexistencia de incrementos o la existencia de una transmisión con pérdidas al contribuyente. A la espera de la resolución acerca de la inconstitucionalidad de la normativa estatal del Impuesto, los contribuyentes que hubieran transmitido un bien a pérdida podrán solicitar la devolución del tributo pero, ¿cómo reclamar del impuesto?, ¿qué prueba acredita el decremento?. Acceda a los formularios para solicitar la devolución y conozca las distintas resoluciones y comentarios acerca de las pruebas que se aportaron en acreditación de los decrementos por distintos Juzgados y Tribunales.

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